Aspectos más destacados de la nueva Ley de Propiedad Intelectual en España

El anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, una reforma parcial del texto vigente que pretende fortalecer la posición de los creadores y facilitar la transición digital de las industrias culturales y creativas. La renovada ley, llamada comúnmente “Ley Lassalle”, será aun más restrictiva entorno al Copyright, en concreto, ahora se podrá multar hasta con 300.000€ ante los supuestos delitos del copyright y así proteger los derechos de los creadores. Pero esta nueva ley va mucho más allá, hasta el punto de prácticamente poner en duda que un enlace, pueda ser un delito contra el Copyright.
Se ha dado el visto bueno a la nueva Ley de Propiedad Intelectual en España,  las nuevas normas afectan directamente a los creadores de contenidos en internet:
  • Se podrá imponer una tasa Google, según la cual los agregadores de noticias (como Google News, por ejemplo) tendrán que pagar a los editores por usar fragmentos de “información, opinión o entretenimiento”. No se ha especificado ni el tamaño de dicho fragmento ni el monto de esa compensación.
  • Se creará un canal de comunicación único para que los usuarios de derechos de autor puedan tratar con las entidades de gestión. Será una entidad privada controlada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, pero no se conocen detalles sobre cómo se negociarán las tasas. Es posible que sea la propia SGAE quien se encargue de la gestión.
  • Se perseguirá también a los que enlacen a quienes divulgan servicios o contenidos ilegales. Es decir, no solo será delito enlazar a películas o músicas protegidas, también se perseguirá a quienes divulguen dichos directorios de enlaces. No hay detalles sobre el alcance de dicha persecución, pero es posible que no sea “legal” enlazar o hablar de The Pirate Bay en un blog, por ejemplo.
  • Los anunciantes y los intermediarios de pago de los sitios que divulgan material protegido podrán también ser multados.
  • Se amplía de 50 años a 70 años el plazo de caducidad de los derechos de autor, tanto para grabaciones fonográficas como para obras musicales con letra.
  • Las sanciones variarán de entre 30.000 a 300.000 euros a los que infrinjan los derechos de autor en repetidas ocasiones.
  • Se rastrearán los resultados de los buscadores con más eficacia, buscando sitios que divulguen material protegido sin la licencia adecuada.

Fuente: 20 minutos

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